Servicio Feliu: tramitación de la cédula de habitabilidad
La Cédula de habitabilidad se regula en el Decreto 141/2012 de la Generalitat. Dicho documento es necesario para dar de alta los suministros y poner el piso en el mercado (en alquiler, venta o en cesión de uso) .En Feliu hacemos por ti toda la tramitación.
A continuación respondemos unas preguntas básicas sobre la Cédula de Habitabilidad:
1. ¿Qué tipo de Cédulas existen? De primera ocupación: para viviendas de nueva construcción, de primera ocupación y rehabilitados: para viviendas donde se ha hecho una gran rehabilitación y de segunda ocupación: para viviendas que ya existen.
2. ¿Cómo se pide la Cèdula? Adjuntando el documento de 1ª o de 2ª ocupación.
3. ¿Cómo són los formularios de 1ª i 2ª ocupación? Aquí tiene el formulario correspondiente a la cèdula de primera ocupación y rehabilitación. En caso de ser una vivienda de segunda de ocupación ha de rellenar este formulario y se ha de dirigir a un arquitecto técnico.
4. ¿Dónde está la Oficina de Atenció Ciutadana de Barcelona ciudad? En la calle Aragó número 244.
5. ¿Qué validez tiene la Cédula desde que es emitida? 15 años.
6. Qué plazo tiene la Administración para atorgar o denegar la Cédula? 30 Días hábiles a partir de la fecha de la recepción en el Registro de la Agència de l’Habitatge de la sol·licitud. Evidentmente, la sol·licitud ha de ir acompañada por toda la documentación completa.
7. ¿Tiene coste tramitar la Cédula? Entre 130-150€. Una vez pagada Feliu lo gestiona todo.
8. ¿Quién puede recoger la Cédula una vez emitida? Los mismos interesados (solicitante y propietario) que se deben identificar con su DNI/NIF u otra persona con una autorización escrita y expresa de los mismos.
Con este artículo has podido hacerte idea de cuán importante es tener la Cédula de Habitabilidad en vigor.
Estamos disponibles para atender cualquier duda.