¿Quién tiene los estatutos de la comunidad?

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| Consejos para ti

El secretario es quien tiene los estatutos de la comunidad de propietarios. ¿Quién puede ser secretario?

  1. Un propietario titular de un producto inmobiliario dentro del edificio de la comunidad.
  2. Una persona física representante de los intereses de una persona jurídica propietaria.
  3. El Administrador de fincas externo.

¿En qué artículos legislan en el Código Civil Catalán y la Ley de Propiedad Horizontal quién guarda los estatutos de una comunidad?

La custodia de los estatutos de la comunidad

 

Código Civil Catalán Ley de Propiedad Horizontal
Artículo 17 Artículo 19.4
"El secretario extiende las actas de las reuniones, hace las notificaciones, expide los certificados y custodia, durante cinco años como mínimo, las convocatorias, las comunicaciones, los poderes, la documentación contable y los demás documentos relevantes de las reuniones y de la comunidad (...)". “El secretario custodiará los libros de actas de la Junta de propietarios. Asimismo deberá conservar, durante el plazo de cinco años, las convocatorias, comunicaciones, apoderamientos y demás documentos relevantes de las reuniones”.

 

Los dos aspectos a destacar de los artículos anteriores

 

  • La única diferencia entre la Ley de Propiedad Horizontal y el Código Civil Catalán. El artículo 28 de nuestra legislación propia se dedica al libro de actas de la comunidad.

  • La alusión implícita de ambas normas a quién guarda los estatutos de una comunidad. El legislador escribe: “[el secretario tiene el deber de custodiar] los demás documentos relevantes de las reuniones y la comunidad”.

La función de los Estatutos y del Reglamento Interno es enunciar qué actividades están autorizadas y cuáles prohibidas tanto en zonas comunes como en las privativas del edificio que compartimos con otros propietarios.

Dado el objetivo de estos documentos, para Grupo Housfy estamos, sin duda, ante “documentos relevantes de las reuniones y de la comunidad”.

 

¿A quién pedir los estatutos de la comunidad de propietarios?

 

Al propietario de la comunidad o al Administrador de Fincas que, en el momento de tu petición, ejerce como secretario.

Es vital pedir los estatutos de la comunidad de propietarios por escrito. Opta siempre por una carta con acuse de recibo a la “atención del secretario de la Comunidad situada en [especifica la dirección de tu edificio] y [haz constar tu nombre y el piso y la puerta donde vives]”.

 

La figura del secretario en el Código Civil Catalán y la Ley de Propiedad Horizontal

 

Código Civil Catalán Ley de Propiedad Horizontal
Artículo 15.1 Artículo 13. Epígrafes 5 y 6
(...) “La secretaría puede ser ejercida por un propietario o por la persona externa a la comunidad que asuma las funciones de administración”.

5. “Las funciones del secretario y del administrador serán ejercidas por el presidente de la comunidad, salvo que los estatutos o la Junta de propietarios por acuerdo mayoritario, dispongan la provisión de dichos cargos separadamente de la presidencia.”

 

6. “(...) El cargo de administrador y, en su caso, el de secretario-administrador podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por personas físicas con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones. También podrá recaer en corporaciones y otras personas jurídicas en los términos establecidos en el ordenamiento jurídico”.

 

Hay dos caminos para obtener copia de los estatutos de la comunidad de propietarios:

  1. Requerirla a la persona física que es secretario. Los Estatutos deben presentar el correspondiente sello de inscripción en el Registro de la Propiedad; asimismo, recomendamos consultar si fueron elevados a escritura pública ante notario.

  2. Consultar el Registro de la Propiedad. Los Estatutos de la comunidad de propietarios solo serán legalmente válidos cuando consten en el registro de la propiedad.

Los métodos anteriores solucionan la incógnita “¿Cómo saber si mi comunidad tiene estatutos?”. Sin embargo, como aprobar los Estatutos no es legalmente obligatorio, es posible que no tenga.

Consulta de los estatutos de la comunidad de propietarios en el registro de la propiedad

 

Vía Online Vía Presencial
Acude a la web oficial registradores.org.

Ve a la Sede del Registro de la Propiedad.

 

Datos de la sede de Barcelona:

 

Dirección: Pg. Zona Franca 109.

 

Horario de atención: días laborables de 9 a 17 horas.

 

Teléfono: 932-250-843.

Dónde se pide: Grupo Housfy facilita acceder directamente a la Nota Simple del edificio. Qué hay que pedir: los Estatutos o la Escritura de División Horizontal del edificio directamente en el mostrador.

Documentación que hay que aportar en orden:

 

a) Dirección exacta del edificio donde está tu comunidad.

 

b) Identificador Único de Fincas Registrales (IDUFIR): Hace la misma función que el DNI o el NIE para las personas físicas.

 

c) El Código Registral Único (CRU): Una vez la vivienda es identificada, el CRU actúa como verificación de seguridad del IDUFIR. Su función es vincular el Registro de la Propiedad con el Catastro.

Dónde puedo encontrar los tres datos anteriores? En la escritura de propiedad de tu inmueble.
¿Hay que aportar mi documento de identidad físico? No, rellenar los datos del formulario web es suficiente.

Documentación que hay que aportar:

 

Tu DNI (para ciudadanos españoles) o el NIE (para extranjeros).

 

La dirección exacta del edificio.

¿Hay que llevar el título de propiedad? No, porque el registro es público. Coste aproximado: Similar al trámite online (depende de las tasas del registro y el volumen de hojas impresas).
Coste aproximado: Unos 10 € - 11 € + IVA. Plazo de entrega: A menudo instantáneo, a lo sumo un par de días.
Plazo de entrega de los estatutos: 24 y 48 horas laborables.
Canal de entrega: El correo electrónico con el PDF adjunto donde están los estatutos.

En este texto hemos tratado:

  • Dónde encontrar los estatutos de la comunidad.

  • Cómo solicitarlos formalmente al secretario de la comunidad de propietarios o al Registro de la Propiedad.