¿Dónde es legal colocar el aparato de aire acondicionado cuando hablamos de exteriores?
Introducción: Cuatro conceptos vinculados al aire acondicionado exterior
Antes de entrar en los meses más calurosos conviene conocer cómo instalar el aire acondicionado de forma legal. Siempre es bueno empezar por definir los conceptos técnicos ligados con el tema tratado:
- Fachada: Cara visible desde el exterior de los muros verticales que concluyen un edificio.
- Vacío: Apertura situada en una cerradura de pared, fachada u otro elemento de construcción.
- Carpintería: Conjunto de maderas - u otros materiales- que componen el
cierre de un vacío.
- Protección solar: Elemento de carpintería que tiene como función evitar la incidencia directa
de los rayos solares.
Primera parte: Criterios de colocación de los aires acondicionados en Barcelona
La azotea es la zona preferente para instalarlos.
En caso de que esto no sea posible, son admisibles las siguientes situaciones:
a. Sobre la losa de balcón siempre que:
- Quede por detrás la barandilla y por debajo de su límite superior.
- No malogre la fachada y se separe.
- No haya conductos vistos por fachada. El paso de instalaciones se tiene que hacer por el interior del edificio.
b. En el interior del edificio la instalación es válida siempre que:
- Forme parte de un proyecto de integración que tenga en cuenta la composición original de la fachada.
- La instalación del aire acondicionado no altere la composición de las ventanas ni los materiales originales. No se tienen que malograr ni carpinterías ni protecciones solares.
- El aparato quede oculto.
El paso de instalaciones se tiene que hacer por el interior del edificio. Este es admisible:
c. Sobre la fachada, los alféizares de la ventana u ante la carpintería.
d. En el espacio exterior de retrocesos o cuerpos semi abiertos con un proyecto global que los integre dentro de un elemento amueble son admisibles colocados:
- Sobre la fachada, los alféizares de la ventana o por ante la carpintería.
e) A la parte exterior y visible de retrocesos o cuerpos salientes semiabiertos si no es en las condiciones 2.a o 2.c
f. En el interior de la fachada, por detrás la carpintería, cumpliendo las condiciones siguientes:
- Que forme parte de un proyecto de integración que tenga en cuenta la composición original de la fachada.
- Que el aparato quede oculto e integrado tras una reja.
g. Sobre la fachada o por ante la carpintería.
Tendrán la misma consideración que cualquier otro espacio visible desde la calle.
Son válidos los mismos criterios que para la fachada principal. Sin embargo, podrán admitirse también soluciones donde el aparato quede integrado dentro de un elemento amueblo, siempre con un proyecto global y respetuoso con la composición original.
Hay que subrayar, entre toda esta información, dos principios rectores:
En primer lugar, hay que cumplir la Ordenanza de Medio Ambiente.
En segundo lugar, la aplicación de estos criterios tendrá que ser compatible con el desempeño de la Ordenanza de Edificación.
En la fachada del patio interior de isla:
1. Composición en plan de fachada
2. Composición en volumetría libro
3. Plantas Bajas
4. Porches y espacios privados de uso público
Segunda parte: ¿Por qué el Ayuntamiento fija los requisitos de una instalación en un edificio privado?
La pregunta presupone que un edificio privado no puede ser objeto de ningún tipo de política pública: en el siglo XXI este planteamiento es completamente obsoleto.
En el supuesto que nos ocupa la intervención pública se vehicula a través de la Ordenanaza de los Usos del Paisaje Urbano del Ayuntamiento de Barcelona (en lo sucesivo OUPU). Sin embargo, conviene recordar que el Código Civil de Cataluña (en lo sucesivo CCC) rige la presentación en junta de propietarios del proyecto de instalación de aire acondicionado. Así, el artículo 553-36-3 del CCC establece que: "todo aquel que quiera realizar una obra en su elemento privativo tiene que informar la presidencia o administración de la comunidad (...)si la obra afecta elementos comunes, se necesita el acuerdo de la junta de propietarios".
Dicho esto, volvemos a la OUPU para entender su propósito: "velar por el mantenimiento de la composición arquitectónica de las fachadas (...) en el conjunto de la trama urbana(...)."
Además de buscar la homogeneidad arquitectónica, hay un motivo más indirecto para la intervención pública: las instalaciones de baja tensión que alimentan los aparatos de climatización pueden ser un peligro para la seguridad de las personas al causar incendios. ¿Quieres saber más sobre ello? Consulta este enlace .
En el caso concreto de los edificios catalogados, estos tienen que ser tratados individualmente de acuerdo con sus características específicas y teniendo en cuenta las directrices de la ficha del catálogo existente en cada caso.
La colocación tendrá que ser en la azotea del edificio. En este enlace puedes ver todos los artículos de la OUPU.
Anexo: ¿Es el aire acondicionado la única opción para refrescar tu casa?
No. Aunque este texto se ha basado en detallar qué pide y qué prohíbe la normativa municipal barcelonesa cuando se trata de poner una máquina de ventilación artificial externa a nuestro piso, lo cierto es que instalar refrigeración puede ser motivo de duda. al menos desde dos puntos de vista:
Por un lado, el económico porque los ya de por sí altos precios de la energía se elevarán más en caso de optar por los aires condicionados.
Por el otro, el ecológico porque los aparatos de refrigeración emiten: Dióxido de carbono, Hidrofluorocarbonos y contaminantes adicionales procedentes de la quema de combustibles fósiles.
En este sentido, el quinto informe del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático señaló: "la necesidad de sistemas de refrigeración más eficientes diseñados para trabajar con refrigerantes de bajo potencial de calentamiento global (GWP por las siglas en inglés) que debe estar apoyada por enfoques innovadores para la generación o suministro de energía."
Ante las externalidades negativas del aire acondicionado, es más oportuno que nunca recuperar este texto nuestro: ¿Cómo refrescar tu casa prescindiendo del aire acondicionado?.
¿Te preocupa protegerte también fuera de casa ante las elevadas temperaturas? Te lo explicamos aquí.
En Finques Feliu continuamos a tu lado.