Cero accidentes: objetivo de la nueva normativa "Instrucción Técnica Complementaria-AEM 1 Ascensores"

09 | 07 | 24
| Marca Feliu

En 2015 inauguramos nuestro blog con el siguiente texto: cómo evitar averías en el ascensor y, seguidamente, explicamos cómo rescatar a personas encerradas. El legislador ha devuelto la seguridad dentro de la cabina del ascensor a las portadas mediante la aprobación de dos normas: 

  1. El Real Decreto 355/2024 en vigor desde el pasado 2 de abril.
  2. La Instrucción Técnica Complementaria-AEM "Ascensores" 1 en vigor desde el uno de julio de 2024.

Según la Federación Empresarial Española de Ascensores (FEEDA), aplicar la Instrucción Técnica Complementaria-AEM "Ascensores" (en adelante ITC-AEM1 "Ascensores") reducirá los accidentes en un impresionante 93%. 

 

Primera Parte: El ascensor en España: Estado de la cuestión 

 

1.1 ¿Qué peculiar aspecto del parque de vivienda español hizo inevitable la masiva instalación de ascensores en el último tercio del siglo XX?

 

Cuando el 15 de diciembre de 1877 se instaló el primer ascensor en España nadie imaginaba que en 2024 el Estado español ocuparía la primera posición en la ranking mundial de ascensores instalados por cada 1000 habitantes -con 20-. El desencadenante de esta situación fue el elevado porcentaje de población cuyo domicilio se emplaza en edificios residenciales altos.

 

1.2 ¿Cuántos ascensores hay en España en abril de 2024?

 

De 1,1 millones. A ellos hay que sumar 17.000 unidades rodantes y escaleras mecánicas1 

1: Datos procedentes de Cicconstrucción

 

1.3 ¿Son todos los edificios accesibles?

 

En absoluto ¡Debemos lograrlo!. Advertido esto, más del 65% de los edificios de viviendas ya cuentan con ascensor.

 

Segunda Parte: Ámbito territorial de aplicación y repercusiones de la Instrucción Técnica Complementaria-AEM "Ascensores" 1

 

 2.1  ¿Cuál es el ámbito territorial de aplicación la normativa "ITC-AEM1 "Ascensores"?  

 

Toda España.

 

2.2. ¿La "ITC-AEM1 "Ascensores" me afecta personalmente y a mi comunidad de propietarios? ¿Tiene coste alguno?

 

Te afecta totalmente y tiene coste. El legislador obligará a las comunidades de propietarios a hacer las mejoras de seguridad en el ascensor que determine el técnico homologado.

 

2.3 ¿Qué porcentaje de los ascensores tendrán que renovarse?

 

El 75%.

 

2.4 ¿Se puede aventurar de forma fiable el coste aproximado de tener ascensores más seguros?

 

No, fiable no. Hemos escogido dos ejemplos procedentes de Internet que ilustran cuán poco orientativas son las estimaciones:

  • La Vanguardia cifra el coste entre 800 y 30.000€.
  • El Huffpost lo situa entre 500 y 40.000€.

  

2.4.1 ¿Qué tres factores hacen tan errática la estimación de costes?

  • La cantidad de mejoras posibles a aplicar es enorme.

 

  • El grado de las mismas es muy amplio: Desde, una sustancial en el caso de los ascensores antiguos -con malla de hierro como el de la primera foto que ilustra este artículo- hasta una relativamente poco importante para un ascensor recién renovado. 

 

  • Para acabar de complicar una posible estimación nadie -ni siquiera el técnico homologado- conoce con antelación a la inspección qué hay que mejorar en un caso concreto.

 

3. Tercera parte: Las siete principales mejoras de la norma ITC-AEM 1 Ascensores y sus ventajas 

 

  1. Corrección de la nivelación en cabina: En caso de accidente debe hacerse en un plazo máximo de 6 meses (el plazo de medio año también se aplica cuando se trate de cambiar el grupo tractor). Cuando hablemos de ascensores existentes, el plazo previsto para esta misma modificación se doblará hasta el año.

Ventajas::

a) Impide sufrir un inoportuno tropezón.

b) Permite que las personas que van en silla de ruedas accedan a la comunidad de propietarios.

 

      2. Protección de cierre de puertas automáticas: Debe hacerse antes de los seis meses en caso de accidente y, en un año si este cambio es prescrito por el técnico homologado. Como resultado todos los ascensores tendrán que incorporar una cortina fotoeléctrica como dispositivo de protección, que cubra la apertura desde al menos 25 mm y hasta 1.600 mm sobre la pisadera de cabina.

Ventajas:

a) Impide sufrir golpes dolorosos.

 

     3. Protección contra movimientos incontrolados de la cabina:  Hay que impedirlo más allá de la planta. Dicha instalación debe hacerse en el momento en el que se efectúe la sustitución simultánea del grupo tractor y maniobra.

Ventajas:

a) Refuerza la seguridad dentro de la cabina.

 

     4. Comunicación bidireccional en cabina: En un año la normativa obliga a conectar el elevador a un centro de rescate .

Ventajas:

a) Acaba con uno de los terrores más universales.

 

     5. Ascensores accesibles a personas con diversidad funcional: En un año debe realizarse la instalación el ascensor debe ser accesible a personas con discapacidad física. En este enlace quien firma este artículo profundiza sobre cómo debe adaptarse la comunidad de propietarios.

 

     6. Sustitución de guías: Los ascensores existentes no han de tener guías de cabina y/o contrapeso que incorporen: paracaídas, de tipos cilíndrica, o de madera2.

 

     7. Dispositivos de control de carga y contrapeso: Esta instalación debe realizarse en plazos distintos dependiendo de la antigüedad del ascensor.

a) Ascensores de más de cincuenta años: en tres años

b) Ascensores de menos de cincuenta años: en cinco años. 

Del mismo modo, se ha de asegurar que el contrapeso sea inspeccionable durante todo su recorrido.

 

Ventajas comunes de los dos últimos puntos:

a) Modernizan las estructuras del ascensor. 

b) Mejoran el equilibrio de la cabina.

En definitiva, esta normativa como en su momento la de instalar extintores en los edificios construidos a partir de 1996, persigue reforzar la seguridad.  En 2024, nadie discute el decisivo impacto de esta norma ante el fuego. 

En Finques Feliu, hemos enriquecido la información anterior -procedente de FEEDA-  ahondado en los beneficios de cada punto.

2: La norma sobre guías tiene una excepción aquellos edificios catalogados como patrimonio histórico artístico. Como vimos en 2019 los edificios catalogados tampoco están obligados a poseer certificado energético

 

Cuarta parte: Incidencia de los accidentes en ascensor y periodicidad de la inspección que debe evitarlos

 

4.1 ¿Cuántos accidentes de ascensor hay en España?

 

Hay que mentalizarse: un sólo accidente ya es demasiado. Dicho esto, las cifras de FEEDA para 2016 -las últimas disponibles- hablan de 372 accidentes sólo 5 de ellos graves. Sin embargo el dato relevante y, que está detrás de la norma, es que el 40% de los siniestros se debe al mal uso del ascensor.   

 

4.2. ¿Cada cuantos años ha de pasar nuestro ascensor la inspección técnica obligatoria ?

 

Cada cuatro años. Hay que tener en cuenta que hablamos de edificios residenciales -como el de tu comunidad de propietarios-. En este enlace de 2019  se responden más preguntas frecuentes sobre ascensores.

 

 

Quinta Parte: Consecuencias de incumplir la normativa ITC-AEM 1 "ascensores"

 

5.1 ¿Cuál es el Régimen Sancionador previsto en la norma?

 

  •  Deficiencias leves: 60.000 euros

 

  • Deficiencias graves o muy graves: Entre 6 y 10 millones

 

5.2 ¿Pueden clausurar el ascensor de la comunidad de propietarios?

 

Desde luego, en caso que la comunidad no haga las mejoras prescritas.

 

5.3 ¿Por qué las sanciones son tan elevadas y se amenaza con la clausura del ascensor?

 

Para disuadir de incurrir en "dolo". Es decir que deliberadamente la comunidad no quiera hacer las mejoras indicadas. 

 

Con este artículo tu comunidad de propietarios tiene el camino marcado hacía el ascensor más seguro y, por ende, más revalorizado. Finques Feliu siempre juega a tu favor