Ayudas al alquiler de la Generalitat de Catalunya
Ya hace unos años, desde el estallido de la burbuja, que el alquiler representa una proporción creciente, pero todavía minoritaria sobre el total de la vivienda. La tendencia descrita viene causada, por un lado, por el considerable descenso que experimentó la capacidad adquisitiva de los españoles junto con la dificultad de adquirir hipotecas y, de la otra, por el profundo cambio de mentalidad de nuestra sociedad. A saber, hasta los años 90 se pensaba que se tenía que poseer una vivienda sino, según el ideal social, de alguna manera se había “fracasado”: en resumen, el alquiler no era una opción deseable por la mayoría de la ciudadanía. Por último, un factor que ha incrementado la proporción de alquiler es la creciente movilidad laboral entre mandos intermedios y directivos. A los factores enumerados que son de cariz individual se une que las diversas administraciones han asumido como objetivo aumentar el alquiler. Así,las cosas, en este escrito te ayudaremos a saber qué ayudas se pueden pedir a la Generalitat para hacer frente al pago del alquiler.
Hay 3 grupos de ayudas al alquiler descritos en la web http://habitatge.gencat.cat/ca/04_ambits_dactuacio/lloguer/ajuts_al_pagament_del_lloguer/ para solicitar las ayudas
El primero, es el de la ayuda básica de emancipación que ahora NO es puede pedir: desde el 2012 está anulada.
El segundo grupo de prestaciones que SÍ se puede solicitar es el de aquellas de urgencia destinadas a personas físicas residentes en Cataluña, con unos ingresos de la unidad de convivencia que no superen los límites establecidos en las bases de la convocatoria y que se encuentren en riesgo de exclusión social residencial por Deudas de impago derivados de:
1. Rentas de alquiler
2. Cuotas hipotecarias.
Así mismo, un colectivo al cual se otorga especial protección es el de personas que han perdido la vivienda como consecuencia de un proceso de desahucio o de ejecución hipotecaria.
En la web para solicitar las ayudas hay 3 opciones de ayuda que no tienen ningún plazo de fin:
1. Solicitar la ayuda para el pago de deudas de rentas de alquiler
2. Solicitar la ayuda para el pago de cuotas de amortización hipotecaria
3. Solicitar la ayuda por pérdida de la vivienda por desahucio o ejecución hipotecaria
Por las 3 ayudas los requisitos son los mismos:
1. Residir en Cataluña
2. La persona solicitante tiene que tener deudas de cuotas de amortización hipotecaria por circunstancias sobrevenidas no previsibles.
3. Acreditar la urgencia y la especial necesidad de la unidad de convivencia de la persona solicitante mediante la aportación de un informe socio económico de los servicios sociales de atención primaria o especializada, en el cual se proponga el otorgamiento de la prestación por estos motivos.
4.Los ingresos de la unidad de convivencia de la cual forma parte la persona solicitante en el momento de presentar la solicitud (ingresos mensuales ponderados de acuerdo con el número de miembros que forman parte y de la zona donde esté ubicado la vivienda), no pueden ser superiores en 2 veces la IRSC (Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña) ponderados, si se trata de una persona sola, no superiores a 2,5 veces a la IRSC ponderado si se trata de unidades de convivencia de dos miembros o más, y no superiores a 3 veces la IRSC ponderado, en el caso de personas con discapacitados o con gran dependencia.
Para saber las cuantías de La IRSC compruebe en el mismo web las cuantías de acuerdo con el tamany de la unidad familiar a que usted pertenezca.
El tercer grupo de prestaciones es aquel previsto para pagar el alquiler que ahora son fuera de plazo, e incompatibles con las anteriores.
Por lo tanto, a día de hoy, las únicas prestaciones realmente activas son aquellas de urgencia destinadas a luchar contra la exclusión social. A Feliu hemos querido informar porque estamos comprometidos con dar a conocer todo el que se relaciona con la vivienda que lo pueda ayudar. No olvide que los diversos municipios catalanes también otorgan ayudas para paliar los problemas derivados de la vivienda. Además, nosotros también lo orientaremos: su tranquilidad: nuestro deber.