{"id":1100679,"date":"2017-05-18T10:00:00","date_gmt":"2017-05-18T08:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/drupal-ac586fcd-6e80-418b-bedd-9dea628484cd-es"},"modified":"2026-10-07T16:50:16","modified_gmt":"2026-10-07T14:50:16","slug":"que-impuestos-van-asociados-la-venta-de-una-vivienda","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/que-impuestos-van-asociados-la-venta-de-una-vivienda\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 impuestos van asociados a la venta de una vivienda?"},"content":{"rendered":"<p>Hace una semana publicamos un art\u00edculo que explicaba qu\u00e9 impuestos genera alquilar un producto. Ahora, escribimos  la segunda parte  referente a los impuestos derivados de la venta.  Seremos concisos y enfocaremos el pago de los varios tributos desde el punto de vista de propietario e inquilino.  Nos basaremos en un art\u00edculo de <a href=\"http:\/\/www.api.cat\/noticias\/CA\/quins-impostos-graven-la-compravenda-dun-habitatge\/\">API<\/a> cuya claridad apreciamos. Adem\u00e1s tambi\u00e9n hemos contado con el asesor\u00eda de <a href=\"https:\/\/twitter.com\/SepinEditorial\">Sepin<\/a>. No ha podido ser m\u00e1s oportuna la publicaci\u00f3n del art\u00edculo ahora:  el Tribunal Constitucional ha declarado parcialmente inconstitucional el impuesto sobre la plusval\u00eda municipal. Eso s\u00ed,<strong> \u00fanicamente en el supuesto de minusval\u00eda\/descenso del precio de la propiedad que usted vende respecto al momento de la compra<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>Impuestos a pagar por el comprador:<\/strong><\/p>\n<p>1. El impuesto valor a\u00f1adido:<\/p>\n<p>Una vivienda es un bien elaborado en fases sucesivas, por lo tanto, no es extra\u00f1o que se aplique el IVA y que este es repercuta en el comprador (el cliente final). El tipo general del impuesto es del 10% y es superreducido s\u00ed la vivienda es de protecci\u00f3n oficial. Ahora bien, El IVA s\u00f3lo lo pagar\u00e1 s\u00ed la vivienda es de nueva construcci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Impuesto de transmisiones patrimoniales:<\/p>\n<p>S\u00ed en cambio la vivienda que se compra no es nueva, el comprador tiene que pagar el ITP, pero no el IVA. El tipo impositivo lo determina la comunidad aut\u00f3noma. En Catalu\u00f1a es del 10% sobre el precio de venta reflejado en la escritura de compraventa.<\/p>\n<p>3. Impuesto de Actos Jur\u00eddicos documentados:<\/p>\n<p>C\u00f3mo indica el nombre el impuesto graba la formalizaci\u00f3n de la escritura de compraventa. El tipo del AJD es del 1,5% en Catalu\u00f1a sobre el precio de venta. Tanto el ITP c\u00f3mo en el AJD, el comprador tiene que pagar en el plazo de 30 d\u00edas habilidosos desde la fecha de la firma de la escritura de venta.<\/p>\n<p><strong>Impuestos a pagar por el vendedor<\/strong><\/p>\n<p>1. Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de natura urbana:<\/p>\n<p>Es un tributo que graba el incremento de valor de los terrenos desde la adquisici\u00f3n hasta su transmisi\u00f3n con un m\u00e1ximo de 20 a\u00f1os. Atenci\u00f3n con este impuesto: <strong>en caso de que pueda demostrar que habido una minusval\u00eda -en una propiedad que adquiri\u00f3 y que ahora vende- y, s\u00f3lo en este caso, puede reclamar la devoluci\u00f3n del importe cobrado en concepto de una inexistente plusval\u00eda <a href=\"https:\/\/www.tribunalconstitucional.es\/NotasDePrensaDocumentos\/NP_2017_032\/2016-4864%20STC.pdf\">Sentencia del once de mayo de 2017<\/a><\/strong>.Cabe destacar que la demostraci\u00f3n ha de ser fehaciente mediante toda la documentaci\u00f3n que se requiera. Los beneficiad@s por la sentencia podr\u00edan ser unas 550.000 personas f\u00edsicas.<\/p>\n<p>Lo que ha motivado la suspensi\u00f3n parcial del tributo es que graba \u201cel incremento del valor de los terrenos\u201d. El legislador asumi\u00f3 que los terrenos siempre aumentar\u00edan de precio y esto con el estallido de la burbuja ha cambiado. Hay que subrayar, pero que el impuesto sigue en vigor s\u00ed contin\u00faa habiendo plusval\u00eda. Este es un impuesto de car\u00e1cter municipal el tipo , que se determina, sobre el valor catastral, var\u00eda.<\/p>\n<p>2. Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas (IRPF)<\/p>\n<p>Es un impuesto directo y de tipo estatal que se origina en el momento en que el contribuyente vende una vivienda tiene que tributar por la plusval\u00eda lograda al IRPF. La ganancia patrimonial obtenida por la venta de una vivienda se tiene que declarar al Impuesto de la Renta del correspondiente ejercicio fiscal, y se integrar\u00e1 en la base imponible del ahorro del IRPF.<\/p>\n<p>3. Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)<\/p>\n<p>El IBI es municipal y es liquida anualmente que graba la titularidad de la vivienda. Es importante se\u00f1alar que el vendedor tiene que estar al corriente del pago del tributo antes de transmitir la vivienda. Del mismo modo que el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de natura urbana Se calcula sobre el valor catastral de la vivienda.<\/p>\n<p>Estamos a su disposici\u00f3n para atender cualquier duda.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hace una semana publicamos un art\u00edculo que explicaba qu\u00e9 impuestos genera alquilar un producto. Ahora, escribimos la segunda parte referente a los impuestos derivados de la venta. Seremos concisos y enfocaremos el pago de los varios tributos desde el punto de vista de propietario e inquilino. 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