{"id":1100674,"date":"2016-10-15T09:15:00","date_gmt":"2016-10-15T07:15:00","guid":{"rendered":"http:\/\/drupal-7dcbb05e-2b99-42b1-919d-4520d90ddb24-es"},"modified":"2026-10-07T16:55:40","modified_gmt":"2026-10-07T14:55:40","slug":"que-hay-que-saber-sobre-una-vivienda-de-uso-turistico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/que-hay-que-saber-sobre-una-vivienda-de-uso-turistico\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 hay que saber sobre una vivienda de uso tur\u00edstico?"},"content":{"rendered":"<p>Como dec\u00edamos en otro art\u00edculo el turismo es un fen\u00f3meno global. As\u00ed s\u00ed en 1950 era una costumbre de una reducida  \u00e9lite -25 millones de desplazamientos mundiales-, en cambio el 2014 fue masivo: 1.133 millones debido de a los bajos precios de los aviones y al aumento vertiginoso de las conexiones aereas que a modo de capilares ya entrelazan el mundo. As\u00ed, Barcelona -la 26 ciudad m\u00e1s visitada del mundo al 2014- ya ha desestacionalitzado el turismo y, por lo tanto, recibe visitantes de todo tipos (cultural, de congresos, escolar\/universitario etc.) durando todo el a\u00f1o.<\/p>\n<p>Esta nueva realidad tiene muchos impactos en las ciudades. En este texto trataremos uno de ellos: las viviendas de uso turistico. Ciertamente, este tipo de vivienda es necesario como complemento de la oferta hotelera y, adem\u00e1s, cuenta con demandantes objetivos que no conciben una estancia en Barcelona sin sumergirse en sus barrios. Ahora bien, no es menos cierto que con la aparici\u00f3n de este tipo de alojamiento tambi\u00e9n han emergido externalidades negativas que nadie desea. Ante una realidad compleja hace falta que el sector de la vivienda, la Administraci\u00f3n y los vecinos de los barrios con mayor presencia de estas viviendas andamos juntos.<\/p>\n<p>En Feliu creemos que en realidades complejas lo primero que hace falta es informaci\u00f3n clara y avalada por el Colegio De administradores de Barcelona (CAFBL) a continuaci\u00f3n os resumimos el documento <a href=\"http:\/\/www.cafbl.cat\/circulares\/Nota_info_hab_C.pdf\">\u201cQu\u00e9 hay que saber sobre las viviendas de uso turistico\u201d<\/a>.<\/p>\n<p>1. \u00bfQu\u00e9 es una vivienda de uso tur\u00edstico?<\/p>\n<p>Se considera vivienda tur\u00edstica aquella cedida por su propietario, directamente o indirectamente, a terceros, de forma reiterada (dos o m\u00e1s veces dentro del periodo de un a\u00f1o) y a cambio de contraprestaci\u00f3n econ\u00f3mica, por un periodo de tiempo continuo igual o inferior a 31 d\u00edas.<\/p>\n<p>2. \u00bfQu\u00e9 condiciones tiene que tener la vivienda para poder ser destinado al uso tur\u00edstico?<\/p>\n<p>La vivienda se tiene que ceder entera (no se puede ceder por habitaciones), y tiene que cumplir las condiciones siguientes:<\/p>\n<p>\u2022 Disponer de c\u00e9dula de habitabilidad y satisfacer en todo momento las condiciones t\u00e9cnicas y de calidad exigibles a las viviendas en general.<\/p>\n<p>\u2022 No puede ser ocupada con m\u00e1s plazas que las indicadas a la c\u00e9dula<\/p>\n<p>\u2022 Tiene que estar suficientemente amueblada y dotada de los aparatos y enseres necesarios para su ocupaci\u00f3n inmediata, y en perfecto estado de higiene<\/p>\n<p>Una vivienda no puede ser destinada a uso tur\u00edstico si no est\u00e1 previsto al plan de usos de la zona o bien si no se hace constar como tal a los estatutos de la comunidad.<\/p>\n<p>3. \u00bfQu\u00e9 obligaciones tiene el propietario de una vivienda de uso tur\u00edstico?<\/p>\n<p>\u2022 Facilitar a los usuarios y vecinos el tel\u00e9fono de atenci\u00f3n inmediata de consultas e incidencias.<\/p>\n<p>\u2022 Garantizar un servicio de asistencia y mantenimiento de la vivienda<\/p>\n<p>\u2022 Informar a la Direcci\u00f3n general de la Polic\u00eda sobre la estancia de las personas que se alojan <\/p>\n<p>\u2022 Recaudar el impuesto sobre las estancias en establecimientos tur\u00edsticos (IEET)<\/p>\n<p>4. \u00bfQu\u00e9 se tiene que hacer para legalizar una vivienda de uso tur\u00edstico?<\/p>\n<p>\u00b7 Presentar una comunicaci\u00f3n previa de inicio de actividad formalizada por el propietario ante el Ayuntamiento esta administraci\u00f3n tiene que inscribirlo al registro de turismo de Catalu\u00f1a donde se le asignar\u00e1 por parte de la Generalitat un n\u00famero de registro concreto .<\/p>\n<p>5) \u00bfQu\u00e9 pasa si no se regulariza el uso tur\u00edstico de la vivienda?<\/p>\n<p>Si no se regulariza el uso tur\u00edstico de la vivienda, por el procedimiento mencionado, el ejercicio de la actividad tiene la consideraci\u00f3n de ilegal, por lo cual el propietario puede ser sancionado con multas que oscilan entre los 3.000, los 30.000 y los 600.000 euros, dependiendo de si las infracciones son leves, graves o muy graves.<\/p>\n<p>6) \u00bfC\u00f3mo se tiene que actuar ante la sospecha de una posible vivienda de uso tur\u00edstico ilegal a la finca?<\/p>\n<p>Se debe informar al Administrador de la Finca, el cual formalizar\u00e1 la denuncia correspondiente una vez haya comprobado, previamente, que la vivienda no consta inscrito en el Registro de Turismo de Catalu\u00f1a.<\/p>\n<p>Esperamos que este art\u00edculo les haya sido informativo. Nos ponemos a su disposici\u00f3n para cualquier duda que pudieran albergar en el futuro.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Como dec\u00edamos en otro art\u00edculo el turismo es un fen\u00f3meno global. 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