{"id":1100416,"date":"2020-06-29T09:00:00","date_gmt":"2020-06-29T07:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/drupal-a719953d-c875-4f98-bd30-12260948f301-es"},"modified":"2026-10-07T16:52:55","modified_gmt":"2026-10-07T14:52:55","slug":"decreto-ley-262020-de-medidas-extraordinarias-en-materia-sanitaria-y-administrativa-de-la","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/decreto-ley-262020-de-medidas-extraordinarias-en-materia-sanitaria-y-administrativa-de-la\/","title":{"rendered":"Decreto Ley 26\/2020 de medidas extraordinarias en materia sanitaria y administrativa de la Generalitat de Catalunya"},"content":{"rendered":"<p>El estado de alarma finaliz\u00f3 el pasado 21 de junio. El 24 de junio entr\u00f3 en vigor el <a href=\"http:\/\/afccirculars.cafbl.cat\/Fitxers\/Files\/secretaria\/Decreto%20Ley%2026-2020.pdf\">Decreto Ley 26\/2020 de medidas extraordinarias en materia sanitaria y administrativa de la Generalitat de Catalu\u00f1a<\/a>. Esta disposici\u00f3n ha regulado c\u00f3mo se tienen que hacer estas juntas presenciales.<\/p>\n<p>Les recordamos  que hasta el 21 de junio no estaban  permitidas  las Juntas. En virtud del <a href=\"https:\/\/test.finquesfeliu.es\/blog\/es\/regulaciones-del-decret-llei-102020-por-lo-que-respecta-las-juntas-de-propietarios\">DECRETO LEY 10\/2020, de 27 de marzo, por el cual se establec\u00edan nuevas medidas extraordinarias para hacer frente en el impacto sanitario, econ\u00f3mico y social del COVID-19<\/a>.  <\/p>\n<p>De conformidad con el art\u00edculo 10 de el Decreto Ley 26\/2020, se da una nueva redacci\u00f3n al art. 4.4 del Decreto Ley 10\/2020, de 27 de marzo. En dicha regulaci\u00f3n se establece una serie de previsiones respecto a las Juntas de propietarios en las comunidades en r\u00e9gimen de propiedad horizontal sujetos al derecho civil catal\u00e1n, medidas que se declaran vigentes desde el 21 de junio de 2020: <\/p>\n<p>1.\u00aa Suspendida la obligaci\u00f3n de convocar y celebrar Juntas de propietarios: <strong>hasta el d\u00eda 30 de abril de 2021. <\/strong><\/p>\n<p>2.\u00aa Se otorga a la comunidad la posibilidad de celebrarlas: <strong>eso s\u00ed, a instancia de la Presidencia o a petici\u00f3n de al menos un 20% de los propietarios con derecho a voto, que representen el 20% de las cuotas<\/strong>, desde el d\u00eda 22 de junio de 2020 hasta el 30\/04\/2021, atendiendo sus circunstancias y teniendo que cumplirse en estas reuniones las medidas de seguridad correspondientes. En este sentido ilustramos el art\u00edculo con las actuales precauciones anti-Covid-19.<\/p>\n<p>3.\u00aa- Se impulsan los medios telem\u00e1ticos para celebrar Juntas: por <strong>videoconferencia<\/strong> u otros medios de comunicaci\u00f3n siempre que est\u00e9 garantizada la identidad de los asistentes, la continuidad de la comunicaci\u00f3n y la posibilidad de intervenir en las deliberaciones y en la emisi\u00f3n del voto. <\/p>\n<p>4.\u00aa En tanto que no se convoque y celebre la pr\u00f3xima Junta ordinaria se pueden continuar adoptando acuerdos: sin reuni\u00f3n a instancia de la Presidencia y cumpliendo los siguientes requisitos (art. 312-7 de el CCCat): <\/p>\n<p>Emisi\u00f3n del voto por correo postal, comunicaci\u00f3n telem\u00e1tica o cualquier otro medio que garantice el derecho de informaci\u00f3n y de voto.<br \/>\nEn todo caso ha de quedar constancia fehaciente de la recepci\u00f3n del voto y garantizar su autenticidad. <\/p>\n<p>5.\u00aa El \u00faltimo presupuesto anual aprobado se entiende prorrogado hasta la celebraci\u00f3n de la siguiente Junta ordinaria: ella se tendr\u00e1 que proceder a la aprobaci\u00f3n de las cuentas anteriores y a la renovaci\u00f3n de los cargos como cualquier Junta ordinaria,  de conformidad con el arte. 553-15 de el CCCat. <\/p>\n<p>Desde Finques Feliu, nos congratulamos que el C\u00f3digo Civil de Catalu\u00f1a haya hecho una decidida apuesta por las nuevas tecnolog\u00edas.  Adem\u00e1s siguiendo, el an\u00e1lisis interpretativo del Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona y Lleida, hemos facilitado los elementos necesarios a nuestros administradores\/se para que puedan hacer este tipo de reuniones en aquellas Comunidades que est\u00e9n interesadas.<\/p>\n<p>Ahora bien, asumimos que no todo el mundo esta familiarizado con las nuevas tecnolog\u00edas y, en cuanto que la actual normativa lo permite, se admite tambi\u00e9n la posibilidad de adoptar acuerdos sin reuni\u00f3n. Todo a instancia de la persona que presida la junta, y satisfaciendo los requisitos establecidos en el art\u00edculo 312-7 del C\u00f3digo civil de Catalu\u00f1a, es decir: \u00bb mediante la emisi\u00f3n del voto por correo postal, comunicaci\u00f3n telem\u00e1tica o cualquier otro medio, siempre que queden garantizados los derechos de informaci\u00f3n y de voto, que quede constancia de la recepci\u00f3n del voto y que se garantice su autenticidad\u00bb.<\/p>\n<p>Se entiende que el acuerdo se adopta en el lugar del domicilio de la persona jur\u00eddica y en la fecha de recepci\u00f3n del \u00faltimo de los votos v\u00e1lidamente emitidos.<\/p>\n<p>Una posibilidad de actuaci\u00f3n adicional, cuando el asunto sea urgente, es que el Presidente como representante legal de la Comunidad, pueda actuar en esta condici\u00f3n, si bien con posterioridad su gesti\u00f3n tendr\u00e1 que ser ratificada por la Junta, nuestros administradores se los asesorar\u00e1n en este tipo de gestiones.<\/p>\n<p>Finalmente, subrayamos que la reuni\u00f3n presencial -a evitar en caso de no ser necesaria- se tiene que hacer siempre cumpliendo al 100% las medidas de seguridad e higiene.<\/p>\n<p>As\u00ed, en el supuesto de que un vest\u00edbulo no tenga el espacio suficiente para hacer una reuni\u00f3n con estas medidas de seguridad la Comunidad tiene que buscar un espacio adecuado (alquiler de salas, despacho del administrador,&#8230;).<\/p>\n<p>Feliu a tu favor.<\/p>\n<p>Fuente de la foto: Consell de Col\u00b7legis Territorials d&#8217;Administradors de Finques de Catalunya.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El estado de alarma finaliz\u00f3 el pasado 21 de junio. El 24 de junio entr\u00f3 en vigor el Decreto Ley 26\/2020 de medidas extraordinarias en materia sanitaria y administrativa de la Generalitat de Catalu\u00f1a. Esta disposici\u00f3n ha regulado c\u00f3mo se tienen que hacer estas juntas presenciales. Les recordamos que hasta el 21 de junio no &#8230; <a title=\"Decreto Ley 26\/2020 de medidas extraordinarias en materia sanitaria y administrativa de la Generalitat de Catalunya\" class=\"read-more\" href=\"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/decreto-ley-262020-de-medidas-extraordinarias-en-materia-sanitaria-y-administrativa-de-la\/\" aria-label=\"Leer m\u00e1s sobre Decreto Ley 26\/2020 de medidas extraordinarias en materia sanitaria y administrativa de la Generalitat de Catalunya\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":100422,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[],"class_list":["post-1100416","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sector-immobiliari-es"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1100416","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1100416"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1100416\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1101238,"href":"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1100416\/revisions\/1101238"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/100422"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1100416"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1100416"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1100416"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}