{"id":1100144,"date":"2024-02-13T09:30:00","date_gmt":"2024-02-13T08:30:00","guid":{"rendered":"http:\/\/drupal-a36678c9-1b32-4d9a-a3ac-18649290420f-es"},"modified":"2024-02-13T09:30:00","modified_gmt":"2024-02-13T08:30:00","slug":"que-regulan-estatutos-y-reglamento-interno-de-la-comunidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/finquesfeliu.es\/blog\/que-regulan-estatutos-y-reglamento-interno-de-la-comunidad\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 regulan Estatutos y Reglamento Interno de la Comunidad?"},"content":{"rendered":"<p>Este es el texto perfecto antes de la primera reuni\u00f3n de la Comunidad de Propietarios.<\/p>\n<p> En \u00e9l abordamos tres ep\u00edgrafes:<\/p>\n<p>1. Demostramos que aprobar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Comunidad de Propietarios es extremadamente \u00fatil<\/p>\n<p>2. Enumeramos los principales puntos que se pueden incluir tanto en los Estatutos como en el Reglamento Interno <\/p>\n<p>3. Condenamos sin ambages la violencia, proporcionamos un enlace para protegerte de ella,  finalmente descartamos totalmente el encaje del eximente legal de la leg\u00edtima defensa en el marco de las relaciones entre copropietarios<\/p>\n<p><strong>Primera Parte: \u00bfPor qu\u00e9 Finques Feliu recomienda aprobar Estatutos y Reglamento Interno de la Comunidad de Propietarios?<\/strong><\/p>\n<p>La semana pasada escrib\u00edamos sobre la <a href=\"https:\/\/www.feliu.es\/es\/por-que-constituir-la-comunidad-de-propietarios-que-es-el-acta-constitutiva\" rel=\"noopener\" target=\"_blank\">reuni\u00f3n constitutiva de la Junta de Propietarios en la que se aprueba el Acta Constitutiva<\/a>. En este documento <strong>tenemos la opci\u00f3n de incluir Estatutos y Reglamento Interior de la Comunidad de Propietarios<\/strong>. Sin duda, recomendamos hacerlo porque:<\/p>\n<ul>\n<li>a) La gran mayor\u00eda de los copropietarios no se conocen antes de constituir la Comunidad de Propietarios<\/li>\n<li>b) Demasiadas personas no tienen en cuenta que haberse convertido en copropietario otorga derechos, pero, tambi\u00e9n, comporta deberes<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>En este escenario, contar con reglas objetivas aprobadas deja claro qu\u00e9 se puede hacer y que no en la Comunidad de Propietarios<\/strong>. El hecho que las normas est\u00e9n escritas hace que la actuaci\u00f3n en caso de incumplimiento de las mismas sea mucho m\u00e1s f\u00e1cil que cuando no hay ni Estatutos ni Reglamento Interno.<\/p>\n<p>Nuestra Administradora Alba Valls remata:<\/p>\n<p> \u00abSoy consciente que hay comunidades que solo aprueben los Estatutos y otras que no validan ning\u00fan documento -asevera Valls-. En ninguno de los dos casos hacen nada ilegal. Sin embargo, aprobar Estatutos y Reglamento Interior permite explicitar c\u00f3mo se va a responder ante una gran cantidad de actos dentro de la Comunidad de Propietarios <strong>de forma jur\u00eddicamente vinculante<\/strong>\u00ab.<\/p>\n<p><strong>Segunda Parte: Los puntos clave de los Estatutos y el R\u00e9gimen Interno <\/strong><\/p>\n<p><strong>Puntos principales de los Estatutos seg\u00fan el C\u00f3digo Civil Catal\u00e1n <\/strong><\/p>\n<p><strong>De su articulo 553.1-1 deducimos que para aprobar los Estatutos no se precisa una mayor\u00eda de los votos de los copropietarios. As\u00ed el art\u00edculo 553-1-1 dice: <\/strong>El r\u00e9gimen jur\u00eddico de la propiedad horitzontal implica, para los propietarios, el derecho de propiedad en exclusiva sobre los element0s privativos i en comunidad con los otros propietarios sobre los elementos comunes\u00bb<strong>. Cuando se quieren hacer posteriores modificaciones de los mismos se requiere una mayor\u00eda algo menor: de 4\/5 partes de los votos emitidos (80%). Para que la aprobaci\u00f3n sea legal, el cu\u00f3rum necesario en primera convocatoria es de la mitad de los propietarios<br \/>\ny cuotas de participaci\u00f3n<\/strong>.<\/p>\n<p>En palabras del legislador: \u00ab(los Estatutos) regulan los aspectos referentes a su r\u00e9gimen jur\u00eddico real y pueden contener reglas sobre las cuestiones siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>El destino, el uso y el aprovechamiento de los elementos privativos y de los elementos comunes<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Las <strong>limitaciones de uso y otras cargas<\/strong> de los elementos privativos<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>El ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>La aplicaci\u00f3n de gastos e ingresos y la distribuci\u00f3n de cargas y beneficios<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>Los \u00f3rganos de gobierno complementarios de los que establece este c\u00f3digo<\/strong> y competencias respectivas<\/li>\n<\/ul>\n<p>\nLa forma <strong>de gesti\u00f3n y administraci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>\n2. Son v\u00e1lidas las cl\u00e1usulas estatutarias siguientes, entre otros:<\/p>\n<ul>\n<li>Las que permiten las <strong>operaciones de agrupaci\u00f3n, agregaci\u00f3n, segregaci\u00f3n y divisi\u00f3n de elementos privativos y las de desvinculaci\u00f3n de anexos con creaci\u00f3n de nuevas entidades sin consentimiento de la junta de propietarios<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Las normas que <strong>exoneran determinados propietarios de elementos privativos de la obligaci\u00f3n de satisfacer los gastos de conservaci\u00f3n de elementos comunes concretos<\/strong>, que pueden incluir las del portal, la escala, los ascensores, los jardines, las zonas de recreo y otros espacios parecidos<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Las que establecen la <strong>utilizaci\u00f3n exclusiva y, si procede, el cierre de una parte del solar, o de las cubiertas o de cualquier otro elemento com\u00fan o parte determinada de este en favor de alg\u00fan elemento privativo<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Las que permiten <strong>el uso y disfrute de elementos comunes<\/strong> por medio de la colocaci\u00f3n de carteles de publicidad<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li> Las que<strong> limitan las actividades que se pueden llevar a cabo en los elementos privativos<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Las que prev\u00e9n la <strong>resoluci\u00f3n de los conflictos por medio del arbitraje o la mediaci\u00f3n<\/strong> para cualquier cuesti\u00f3n del r\u00e9gimen de la propiedad horizontal<\/li>\n<\/ul>\n<p>\n<strong>3. Las normas de los estatutos que no sean inscritas al Registro de la Propiedad no perjudican terceros de buena fe.\u00bb<\/strong><\/p>\n<p><strong>Puntos principales del Reglamento de R\u00e9gimen Interior seg\u00fan el art\u00edculo 553-12 del C\u00f3digo Civil Catal\u00e1n<\/strong><\/p>\n<p><strong>Para aprobar el R\u00e9gimen Interior se precisa la unanimidad de los votos de los copropietarios (el 100%). Cuando se quieren hacer posteriores modificaciones de los mismos se requiere una mayor\u00eda algo menor: de 4\/5 partes de los votos emitidos (80%).<\/strong><\/p>\n<p>En palabras del legislador: \u00ab(El reglamento de r\u00e9gimen interior), <strong>contiene las reglas internas referentes a las relaciones de convivencia y buena vecindad entre los propietarios y a la utilizaci\u00f3n de los elementos de uso com\u00fan y de las instalaciones<\/strong>\u00ab. <\/p>\n<p>Es muy importante que la Junta de Propietarios  tenga en cuenta que el <strong>R\u00e9gimen Interior no se puede oponer en los Estatutos<\/strong>,<\/p>\n<p>Este documento incluye:<\/p>\n<ul>\n<li> Las reservas establecidas a favor de la promotora<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li> Posibilidad de <strong>formar futuras subcomunidades<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li> <strong>Plano descriptivo del edificio<\/strong>, puede ser muy \u00fatil a la hora de facilitar obras o reparaciones posteriores<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li> <strong>Las disposiciones finales<\/strong>: <strong>Se pueden incluir cl\u00e1usulas adicionales u informaci\u00f3n relevante para el funcionamiento de la CP<\/strong>\u00ab<\/li>\n<\/ul>\n<p>\n<strong>Tercera parte: Por una Comunidad de Propietarios sin violencia  <\/strong><\/p>\n<p><strong>En Finques Feliu condenamos sin ambages la violencia en cualquiera de sus formas: agredir a otra persona nunca est\u00e1 justificado<\/strong>.  La RAE define agredir como: \u00abAcometer alguien para matarlo, herirle o hacerle da\u00f1o\u00bb.<\/p>\n<p>De acuerdo con la conceptualizaci\u00f3n anterior hablamos de un acto:<\/p>\n<p>a) <strong>Intencionado<\/strong> por parte de la persona violenta<\/p>\n<p>b) <strong>Donde no media ning\u00fan tipo de provocaci\u00f3n<\/strong> por parte de la persona violentada<\/p>\n<p>c) M\u00e1s all\u00e1 de la literalidad de la definici\u00f3n, atacar a los otros copropietarios tampoco es la <strong>\u00fanica opci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Las tres caracter\u00edsticas anteriores son las que delimitan <a href=\"https:\/\/www.gersonvidal.com\/blog\/legitima-defensa\/\" rel=\"noopener\" target=\"_blank\">la Leg\u00edtima Defensa<\/a>. <\/p>\n<p>Descubre en <a href=\"https:\/\/www.feliu.es\/es\/hablemos-de-acoso-en-la-comunidad-de-propietarios\" rel=\"noopener\" target=\"_blank\">este enlace qu\u00e9 conductas son perseguibles y aprende a protegerte de una persona acosadora<\/a>.   <\/p>\n<p>Para ver todav\u00eda m\u00e1s claro que emplear la violencia en la Comunidad est\u00e1 completamente fuera de lugar hemos pensado en un ejemplo:<\/p>\n<p>Supongamos que la Junta ha aprobado algo que nos perjudica. Para empezar, es profundamente equivocado &#8211; y antidemocr\u00e1tico- considerar el resultado de una votaci\u00f3n como un acto hostil. De todos modos, tampoco este hecho legitimar\u00eda ninguna conducta beligerante porque, para salvaguardar nuestros derechos, todav\u00eda tendr\u00edamos las siguientes alternativas legales: <\/p>\n<p>&#8211; <strong>Prever el arbitraje y la mediaci\u00f3n en los estatutos<\/strong><\/p>\n<p>&#8211; <strong>Impugnar el acuerdo<\/strong><\/p>\n<p>Adem\u00e1s del autocontrol personal y las normas de comportamiento social, es la existencia de estas dos opciones la que proscribe definitivamente la violencia. <\/p>\n<p>Aclarado esto, toda persona que ejerza las conductas tipificadas legalmente puede ser denunciada y, <strong>siempre que se demuestre su culpabilidad<\/strong>, condenada.<\/p>\n<p>Acabamos con optimismo: <strong>fijando reglas claras y trabajando para impedir conflictos desde el primer d\u00eda es posible preservar la convivencia en la Comunidad de Propietarios<\/strong>.<\/p>\n<p>Fuente de la foto: Foto cortes\u00eda de <a href=\"https:\/\/unsplash.com\/es\/@david113?utm_content=creditCopyText&amp;utm_medium=referral&amp;utm_source=unsplash\">David Tip<\/a> en <a href=\"https:\/\/unsplash.com\/es\/fotos\/casa-cerca-de-arboles-f_35Q1DMSlM?utm_content=creditCopyText&amp;utm_medium=referral&amp;utm_source=unsplash\">Unsplash<\/a>. Unsplash ofrece esta imagen gratis.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este es el texto perfecto antes de la primera reuni\u00f3n de la Comunidad de Propietarios. En \u00e9l abordamos tres ep\u00edgrafes: 1. Demostramos que aprobar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Comunidad de Propietarios es extremadamente \u00fatil 2. 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